Certificados registrales para ciudadanos residentes de la Unión Europea

Si es usted ciudadano español y sus certificados registrales van a tener efectos en algún país de la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía y Suecia) NO necesita apostilla.

REGLAMENTO (UE) 2016/1191 SIMPLIFICA LA PRESENTACIÓN DE CERTIFICADOS REGISTRALES EN LOS PAÍSES MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA. [Link]

A menudo, los ciudadanos que residen en un país de la UE distinto del suyo tienen que presentar un documento público a las autoridades de su país de residencia, por ejemplo, una partida de nacimiento para contraer matrimonio.

El Reglamento (UE) 2016/1191 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 2016, y que se aplica en todos los países de la UE desde el 16 de febrero de 2019, por el que se facilita la libre circulación de los ciudadanos simplificando los requisitos de presentación de determinados documentos públicos en la Unión Europea y por el que se modifica el Reglamento (UE) 1024/2012, tiene por objeto simplificar la circulación de determinados documentos públicos entre los Estados miembros, reduciendo la burocracia y los costes para los ciudadanos que necesitan presentar en un país de la UE un documento público expedido en otro en otro país de la UE.

Antes de la adopción del Reglamento, los ciudadanos que tenían que presentar un documento público en otro país de la UE debían obtener un sello de autenticidad (la llamada «apostilla») para demostrar su autenticidad. A menudo, los ciudadanos estaban asimismo obligados a presentar una copia certificada y una traducción de su documento público.

El nuevo Reglamento pone fin a una serie de procedimientos burocráticos:

  • Los documentos públicos (por ejemplo, una partida de nacimiento o un acta de matrimonio ) y sus copias certificadas expedidas por las autoridades de un país de la UE deben ser aceptados como auténticos por las autoridades de otro país de la UE sin necesidad de un sello de autenticidad (la apostilla).
  • El Reglamento suprime la obligación que se imponía a los ciudadanos de facilitar al mismo tiempo el original del documento público y una copia certificada; cuando un país de la UE permite la presentación de una copia certificada de un documento público en lugar del original, las autoridades de dicho país deben aceptar una copia certificada del mismo en el país de la UE en el que se haya expedido el documento público;
  • El Reglamento suprime la obligación que se imponía a los ciudadanos de facilitar una traducción de los documentos públicos; si el documento público no está redactado en una de las lenguas oficiales del país de la UE que solicita el documento, los ciudadanos pueden solicitar a las autoridades un impreso estándar multilingüe, disponible en todas las lenguas de la UE; este impreso puede adjuntarse a su documento público para soslayar los requisitos de traducción; cuando un ciudadano presenta un documento público junto con un impreso estándar multilingüe, la autoridad receptora solo podrá exigir una traducción del documento público en circunstancias excepcionales; dado que no todos los impresos estándar multilingües se expiden en todos los países de la UE, los ciudadanos pueden comprobar qué formularios se expiden en su país de la UE [Link]
  • Si las autoridades del país de la UE receptor exigen una traducción certificada del documento público presentado por el ciudadano, deben aceptar una traducción certificada hecha en cualquier país de la UE.

* Los formularios normalizados multilingües no deben descargarse del Portal Europeo de e-Justicia ni ser cumplimentados por los ciudadanos. El uso de los formularios que figuran a continuación está reservado exclusivamente a las autoridades nacionales autorizadas.

Lista completa actualizada de los países de la Unión Europea [Link]

**A partir del 1 de enero de 2021, el Reino Unido dejará de ser Estado miembro de la UE. No obstante, en el ámbito de la justicia civil, los procesos y procedimientos pendientes que se hayan iniciado antes del final del período transitorio proseguirán con arreglo a la legislación de la UE. Hasta finales de 2022, el Reino Unido seguirá estando en las opciones de selección de los formularios dinámicos online a efectos de esos procesos y procedimientos. Una excepción a esta norma la constituyen los formularios de documentos públicos, en cuyas opciones de selección no deberá estar el Reino Unido.

🧾 Oficina General – Registro Civil Único de Madrid