Inscripción del Matrimonio Consular

Tiene lugar en los Consulados extranjeros en España; los españoles no pueden contraer matrimonio por este procedimiento. La inscripción del matrimonio consular se practica en el Registro a partir del certificado expedido por el Consulado correspondiente que deberá ser presentado en el Registro civil del lugar donde radique el Consulado y será valorado por el Encargado de dicho Registro civil.

Requisitos para la Inscripción del Matrimonio Consular

Sólo es posible realizar la inscripción de un matrimonio celebrado en un consulado de un país extranjero cuando los dos contrayentes son extranjeros.

Cómo realizar el trámite

  • Solicitar cita en el Consulado español correspondiente al lugar de celebración o residencia.
  • Presentar la solicitud de inscripción junto con la documentación exigida (certificado de matrimonio, datos de los cónyuges, etc.).
  • Comprobación del expediente por el Registro Civil Consular o Central.
  • Inscripción del matrimonio y, si procede, emisión del certificado literal.

Lugar

  • Registro Civil Único

Información departamento de matrimonios civiles

  • Teléfono – 914 936 783 / 914 934 262
  • Correo electrónico –  rcmadrid.matrimoniocivil@madrid.org
🏠 Registro Civil Único de Madrid – Oficina General