El pasaporte ordinario español es un documento público, personal, individual e intransferible que, salvo prueba en contrario, acredita la identidad y nacionalidad de los ciudadanos españoles fuera de España, y dentro del territorio nacional, las mismas circunstancias de los españoles no residentes.
La Certificación para la expedición de Pasaporte sólo será necesaria cuando la persona que solicite la expedición del pasaporte fuera menor de edad y no estuviera en posesión del documento nacional de identidad, por no estar obligado a su obtención, en estos casos se deberá aportar una certificación literal de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente con una antelación máxima de seis meses a la fecha de presentación de la solicitud de expedición del pasaporte y que contenga la anotación de que se ha emitido a los solos efectos de la obtención de este documento.
Si el menor dispone de pasaporte expedido por la Dirección General de la Policía, para cuya obtención ya aportó la certificación registral a que se ha hecho referencia, puede optar por presentar el pasaporte anterior o esta certificación, opción que no será posible en el caso de pasaportes expedidos por las Representaciones Diplomáticas y Consulares, en que será necesario presentar la referida certificación.
Si se va a sacar el pasaporte a la vez que el primer DNI bastará con aportar el certificado literal para expedición de primer DNI para la obtención de los dos documentos identificativos.
Si ya se tiene DNI y se quiere sacar el pasaporte no será necesario aportar certificación literal de nacimiento.
Los certificados específicos para la expedición del pasaporte se distinguen del resto de certificados literales porque al final de la última página consta expresamente que:
“CERTIFICACIÓN EXPEDIDA AL SOLO EFECTO DE OBTENCIÓN DEL PASAPORTE (Real Decreto 411/2014)”
Dónde
En cualquier oficina de expedición del territorio nacional de la Dirección General de la Policía.
Cita previa
- Cita previa telefónica: 060
- Cita previa por internet: consultar en la siguiente dirección https://www.citapreviadnie.es
Tasa expedición DNI
Para la expedición del pasaporte hay que pagar una tasa de 30 € (en efectivo o por vía telemática)
El trámite es gratuito para los menores de 14 años integrados en una unidad de convivencia que solicite la prestación de ingreso mínimo vital
En la actualidad está disponible la modalidad de PAGO POR VÍA TELEMÁTICA de la tasa tanto en el supuesto de primera inscripción como de renovación del pasaporte. Cualquier ciudadano que disponga de firma electrónica (del DNI u otra) podrá abonar su documento previamente, a través de la página web oficial de cita previa www.citapreviadnie.es, a la vez que solicita la cita previa.