El Registro Civil será ÚNICO, electrónico y seguro, esto implica tener una base de datos común, trabajar con una aplicación informática única y conexión electrónica entre todas las oficinas de España (incluidos Consulados de España en el Extranjero
Así permite que se pueda realizar la solicitud y la tramitación de un procedimiento en cualquiera de las 431 Oficinas Generales (16 Registros Civiles Exclusivos + 415 Registros Civil Municipales), y que los datos inscritos se integren en una estructura de información única y de naturaleza completamente digital.
Existirán normas internas de distribución de los procedimientos entre las Oficinas para su tramitación. Estas normas internas de distribución de trabajo tendrán en cuenta las competencias de las Oficinas según el procedimiento, así como la carga de trabajo de cada Oficina, de forma que se pueda realizar la asignación a la Oficina más conveniente para su tramitación.
Desaparece la división por secciones de los Asientos.
Los Asientos se extienden en soporte y formato electrónico y deben ajustarse a los modelos aprobados por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.
Cada persona tiene un REGISTRO INDIVIDUAL que se abre con la inscripción de nacimiento o con el primer asiento que se practica y en el que se inscriben o anotan, continuada, sucesiva y cronológicamente, todos los hechos y actos. A cada registro individual abierto se le asigna un código personal.
El registro individual se forma, por tanto, por la concatenación ordenada cronológicamente de los asientos electrónicos relativos al mismo código personal y, en su caso, por las referencias a los asientos de los libros en papel.
El código personal es una secuencia alfanumérica inalterable asignada por el Registro Civil a cada persona para la que se crea su ficha personal y su registro individual.
- Será generado por el Registro Civil, en colaboración con la Dirección General de Policía del Ministerio del Interior.
- Este código está asociado inequívocamente a la identidad física de una persona por lo que su identificación en el Registro Civil es indubitada, con independencia de los documentos personales identificadores que dicha persona pueda obtener a lo largo de su vida.
- El código personal es único e intransferible para cada persona, por lo que no puede volverse a utilizar.
El sistema informático asegurará la integridad y la secuencialidad de los asientos en cada registro individual. Si el hecho inscribible afectase a varias personas (sujetos relacionados), el sistema generará los asientos pertinentes o relaciones necesarias en los registros individuales de cada una. Por ejemplo, el matrimonio se inscribe en los registros individuales de ambos contrayentes.
Cada persona tendrá su FICHA PERSONAL con los datos vigentes sobre su identidad y estado civil, junto con sus relaciones con otras personas.
El Folio Personal es la estructura de datos generada a partir de los apuntes (asientos y notas) que refleja la situación actual del estado civil y la identidad de una persona, junto con sus relaciones interpersonales. Cabe destacar en este último aspecto que sólo se da fe y, por tanto, veracidad, de aquellas relaciones que aparecen en el Folio Personal, pero no que el listado de esas relaciones de la persona sea completo.